sábado, 10 de octubre de 2020

TUVO QUE PASAR 14 AÑOS PRESO POR UN CRIMEN QUE NO COMETIO. AHORA LO ABSOLVIERON. JORGE GONZALEZ NIEVA HABIA SIDO CONDENADO POR UN TRIBUNAL DE MORON A 25 AÑOS DE CARCEL


Tras haber pasado casi 14 años preso por el crimen de una mujer en una salidera bancaria en el partido de Merlo, un hombre fue absuelto por la Corte Suprema y durante el fallo de su libertad, se cuestionó al Tribunal que lo condenó, a los camaristas que confirmaron la sentencia y a los policías que lo investigaron, muchos de los cuales están presos por..... SIGUE >>> inventar causas. Se trata de Jorge Enrique González Nieva (55), quien en 2010 había sido condenado por los delitos de robo con homicidio resultante y portación de arma de guerra por los que había sido condenado a la pena de 25 años de prisión por el Tribunal Oral en lo Criminal N°1 del Departamento Judicial de Morón. Fue por el robo seguido de muerte de Analía Bibiana Aguerre (43), sentencia que desde 2015 permaneció en estudio del máximo tribunal y por el cual la organización Amnistía Internacional (AI) reclamaba su libertad. Con las firmas del presidente Carlos Rosenkratz y los ministros Horacio Rosatti, Elene Inés Highton, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, la Corte absolvió a González Nieva, quien durante los casi 14 años de detención pasó por al menos 9 cárceles distintas de la provincia y desde el 3 de octubre último estaba con arresto domiciliario, monitoreado con una tobillera electrónica. De acuerdo a la resolución, la Corte también aseguró que no existió ninguna prueba forense que vincule físicamente a González Nieva con los hechos, ni tampoco pudo establecerse su vinculación con las personas identificadas como miembros de la banda que cometió el robo. Además, criticó que no se hubiera valorado el resultado negativo del reconocimiento en rueda de personas por parte de todos los testigos, y consideró que tanto los descargos del imputado como la prueba testimonial producida en su favor fueron descartados con argumentos inadmisibles por ser directamente contrarios a las fundamentales garantías de la presunción de inocencia y defensa en juicio. Para la Corte, no se tuvieron en cuenta los testimonios que avalaban que, al momento de los hechos, González Nieva, quien trabajaba como taxista, se encontraba en otro lugar. Los jueces consideraron que fue "alarmante" la existencia de "serias irregularidades" en la investigación policial y recordaron que González Nieva, que vive en Merlo, declaró ante los jueces que lo condenaron que el policía que lideró la investigación le había exigido que le entregara su taxi como coima y que su negativa había contribuido a mantenerlo imputado y detenido.

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